POLICIAL

CORTE DE ARICA DECRETA LA PRISIÓN PREVENTIVA DE IMPUTADO POR SUSTRACCIÓN DE MENORES

La Corte de Apelaciones de Arica dejó sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva a S.T.T.L., imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de sustracción de menores. Ilícito perpetrado en diciembre del año pasado, en la comuna de Putre.

En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Marco Antonio Flores Leyton, José Delgado Ahumada y Claudia Arenas González– revocó la resolución recurrida, dictada por el Juzgado de Garantía de Arica y ordenó el ingreso en prisión de S.T.T.L. por considerar que la libertad de la imputada constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de las víctimas.

Según el ente persecutor, en horas de la madrugada del 8 de diciembre de 2025, la víctima de 17 años se encontraba con su hija de dos meses en una vivienda ubicada en la comuna de Putre, lugar al cual ingresó sin autorización su expareja, el imputado S.T.T.L. de nacionalidad boliviana, quien tomó en brazos a la menor de edad y amenazó con llevársela. Ante el miedo de perder a su hija, la madre adolescente accedió a subir a un vehículo que era conducido por un tercer sujeto no identificado, el cual se dirigió a través de un paso no habilitado, hasta la localidad boliviana de Charaña, donde el imputado mantuvo por dos meses encerrada a las víctimas, sin ningún tipo de contacto con el exterior. Cautiverio que concluyó el 9 de febrero de 2026, jornada en la que la joven aprovechó un descuido del imputado, salió con su hija del inmueble y, con ayuda de terceros, llegó hasta la frontera con Chile, donde denunció los hechos a personal de Carabineros de la Tenencia de Visviri.

“Habiendo oído al recurrente y atendido el mérito de los antecedentes que han sido expuestos en esta audiencia, los que atendida la incomparecencia de la defensa no han sido cuestionados y teniendo en consideración que tales antecedentes particularmente la declaración de la víctima, el informe policial evacuado por el OS9 y el informe psicológico de la víctima, dan cuenta específicamente de que la salida de esta del país correspondió a una situación que forzada por el imputado en contra de la voluntad tanto de la víctima adolescente y obviamente sin que pudiera manifestar voluntad alguna la lactante, hija tanto del imputado como de la víctima adolescente bastan para estimar justificado por ahora la existencia del delito de sustracción de menores, a lo anterior debe considerarse la gravedad de la pena asignada al delito así como el hecho de existir dos víctimas y la existencia de procesos pendientes en que el imputado se encontraba con medidas cautelares vigentes también por como ha señalado el recurrente delitos de carácter transnacional y que evidencian y unido a lo anterior, el hecho de que existía una denuncia por violencia intrafamiliar en contra de la víctima adolescente, permiten considerar entonces que concurren respecto del imputado un peligro para la seguridad de la sociedad así como un peligro para las víctimas, razones por las cuales SE REVOCA la resolución apelada y se decreta la prisión preventiva de S.T.T.L.”, consigna el fallo del tribunal de alzada.

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